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Normativa de drones 2026: qué puede cambiar en Granada
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Normativa de drones 2026: qué puede cambiar en Granada

Novedad · 13 de octubre de 2026

Si contratas vuelos con dron en Granada, para una obra, una cubierta, una finca o un evento, es probable que hayas oído que «viene una normativa nueva». Conviene separar lo que ya rige de lo que todavía es una propuesta. En las últimas semanas ha vuelto a circular la revisión del reglamento europeo de drones, y aquí explicamos qué dice, qué está sin confirmar y qué cambia (o no) para ti como cliente.

Qué se está revisando en la normativa europea de drones

El marco que se aplica hoy en España es el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947. Fija las normas de uso de los drones y las que afectan al personal, incluidos los pilotos a distancia y las organizaciones que participan en las operaciones. Su objetivo es que el tráfico creciente de drones en la UE sea seguro para las personas en tierra y en el aire.

Ahora hay dos movimientos en paralelo:

  • EASA, la agencia europea de seguridad aérea, ha publicado la Opinión 06/2026. Propone enmiendas a los reglamentos 2019/947 y 2019/945 para reforzar la seguridad de las operaciones con UAS, en respuesta al plan de acción de la Comisión Europea sobre seguridad frente a drones, del 11 de febrero de 2026.
  • Un análisis del sector describe un borrador de la Comisión para modificar el 2019/947. Afectaría al registro de operadores, la identificación remota directa, la formación de pilotos, las zonas geográficas UAS y determinados drones ya en servicio.

Un matiz de rigor: no hemos podido contrastar el texto del borrador en una fuente oficial, así que lo tratamos como lo que es, una propuesta. La fuente que lo detalla advierte de que todavía no está en vigor y de que contenido y plazos pueden cambiar durante la tramitación.

Registro de operador de drones desde 100 gramos

Hoy, si el dron lleva cámara hay que registrarse como operador en AESA y mostrar el número de registro en el aparato. El borrador iría más allá en cuanto al peso:

  • En categoría abierta, registro obligatorio con drones de 100 gramos o más de masa de despegue.
  • Se contempla una excepción para determinados drones cautivos de menos de 1 kg.
  • En categoría específica, el registro sería obligatorio sea cual sea la masa.
  • Se verificaría la identidad del operador antes de registrarlo.

Para un operador profesional, que ya está registrado, el cambio es pequeño. Afecta sobre todo a quien usa un dron ligero por su cuenta.

Identificación remota directa: qué es y a quién alcanzaría

La identificación remota directa (Electronic ID) hace que el dron emita datos de identificación durante el vuelo. Según una guía sectorial, ya es obligatoria para drones con marcado C1, C2 y C3 en categoría abierta, para los C5 y C6 y para todas las operaciones en categoría específica. Los de clase C0 y los de menos de 250 g están exentos.

El borrador la ampliaría. Según el análisis consultado, los drones de 100 gramos o más tendrían que llevar un sistema activo en los supuestos previstos, con excepciones y periodos transitorios. Además, pasados 48 meses desde la entrada en vigor de la modificación, los drones de más de 900 gramos con carga incluida y régimen transitorio tendrían que incorporar un módulo adicional de identificación remota (DRI add-on). Ese módulo es el que se necesita cuando el dron, por antigüedad, no lo trae de fábrica.

Qué implica para quien contrata un dron en Granada

De momento, nada cambia. Hasta que se apruebe y publique el texto definitivo, siguen aplicándose las obligaciones vigentes. Aun así, la dirección es clara: más trazabilidad de quién vuela y con qué aparato. Para ti, según tu caso:

  • Contratas el servicio (vídeo de boda, grabación de un evento, inspección de una cubierta o de una nave): el cumplimiento recae en el operador, no en ti. Lo que sí puedes hacer es comprobar que lo tiene en orden antes de firmar.
  • Tienes dron propio (una finca, una comunidad de propietarios, una inmobiliaria): conviene revisar peso, registro y si el equipo incluye identificación remota. Un dron ligero que hoy queda fuera de ciertas obligaciones podría entrar si la propuesta prospera.
  • Tu proyecto necesita informe o medición (inspección técnica, tasación, seguimiento de obra): lo importante es que el vuelo esté bien documentado y el entregable sea utilizable.

Preguntas útiles al elegir operador:

  1. ¿Está registrado en AESA y tiene pilotos habilitados para el tipo de operación?
  2. ¿Dispone de seguro en vigor para el trabajo concreto?
  3. ¿Vuela con equipo propio, y sabe si lleva identificación remota?
  4. ¿Qué recibiré exactamente: vídeo editado, fotografías en alta resolución, informe, ortofoto?

Si quieres profundizar en cómo valorar a un proveedor, puedes ver cómo trabaja una empresa de drones en Granada y qué documentación debería poder enseñarte.

Cómo lo afrontamos desde Drone Granada

En Drone Granada trabajamos con pilotos habilitados, seguro y equipo propio. Seguimos la evolución de la norma porque determina cómo planificamos cada vuelo en la provincia. Si la propuesta cambia los requisitos, lo comunicaremos al cliente antes de que afecte a su proyecto. Cada servicio, ya sea audiovisual, técnico o de agricultura de precisión, se plantea con su entregable definido desde el principio.

Qué hacer ahora, en la práctica

No hace falta cambiar nada hoy, pero sí conviene ordenar tres cosas: pedir al operador su registro, sus pilotos y su seguro, revisar tu propio dron si lo tienes y definir qué entregable necesitas. Si tienes un proyecto en Granada o su provincia, puedes describirlo en el configurador de proyecto y te indicamos qué vuelo encaja y qué documentación llevaría. Recuerda que el precio de partida es desde 150 €, y el presupuesto final depende del trabajo.

Fuentes

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